Estos Términos y Condiciones Generales de Venta se denominan en adelante "TCGV" o las "Condiciones". En estas Condiciones, los siguientes términos tendrán los significados establecidos a continuación:
. "Afiliado/a" significa, en relación con una entidad, cualquier otra entidad legal que Controle, sea Controlada por, o esté Controlada por una entidad que Controle a una Parte.
. "Autoridad de Sanciones" significa cualquier autoridad competente encargada de la promulgación, administración, implementación y aplicación de las Regulaciones de Sanciones con jurisdicción sobre las Partes y/o el Suministro, incluyendo aquellas, pero no limitada a, de: (a) los Estados Unidos de América; o (b) la Unión Europea; o (c) la República de Francia.
. "Contrato" significa el conjunto de documentos contractuales relacionados con el Suministro y que rigen la relación entre el Proveedor y el Cliente, incluyendo en particular, en orden descendente de prioridad:
o El formulario de Pedido, cuando haya sido aceptado expresamente por el Proveedor, y las facturas emitidas por el Proveedor,
o cuando corresponda, cualquier término y condición específico y sus apéndices,
o los TCGV y sus anexos,
o cualquier otro documento emitido por el Proveedor, según sea el caso, que el
Cliente acepte expresamente incorporar al Contrato.
. "Control" significa la propiedad directa o indirecta de más del cincuenta por ciento (50%) de los derechos de voto o del capital registrado, y se considera que un "Cambio de Control" incluye cualquier contribución, cesión, fusión u otra operación que modifique el Control, ya sea directa o indirectamente, de la Parte. Los términos Controla o Controlado se interpretarán en consecuencia.
. "Cliente" significa la persona humana o jurídica que adquiere Productos del Proveedor.
. "Fuerza Mayor" significa cualquier evento o circunstancia que se encuentre fuera del control razonable de la Parte que lo invoca, que no sea atribuible a su culpa o negligencia, y que afecte o impida total o parcialmente el cumplimiento de sus obligaciones.
La Parte afectada por un evento de Fuerza Mayor: (a) quedará liberada de responsabilidad por el incumplimiento o retraso en la medida en que éste sea consecuencia directa de dicho evento; y (b) tendrá derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones durante la duración del evento y por el tiempo razonablemente necesario para reanudar la prestación. El Proveedor podrá, durante un evento de Fuerza Mayor, asignar su capacidad de producción y/o suministro entre sus clientes según criterios comerciales razonables. Si el evento de Fuerza Mayor se prolonga por más de 30 días, el Proveedor podrá cancelar o resolver total o parcialmente el Contrato sin responsabilidad, sin que el Cliente tenga derecho a indemnización alguna.
. "Grupo del Cliente" significa el Cliente y cualquiera de sus Afiliados y cualquiera de su personal respectivo.
. "Leyes Aplicables" significa todas las leyes, ordenanzas, reglas, regulaciones, decretos, órdenes y similares, ya sean de autoridad gubernamental, federal, nacional, municipal o local, o de otras agencias o autoridades que tengan jurisdicción sobre las Partes, el Suministro o cualquiera de ellos y que sean o puedan llegar a ser aplicables, incluidas las Regulaciones de Sanciones.
. "Lista de Sanciones" significa cualquiera de las listas de objetivos de sanciones designados cuyos activos están congelados y mantenidos por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los EE. UU. (las listas de nacionales especialmente designados o personas bloqueadas), por la Unión Europea (la lista consolidada de personas, grupos y entidades sujetas a sanciones financieras) o la República de Francia, cada una de estas listas según se enmiende, complemente o sustituya de vez en cuando.
. "Partes o Parte" significa, en relación con el Contrato, el Cliente y/o el Proveedor, en conjunto o individualmente.
. "Parte Afectada" tiene el significado asignado en el artículo 20.2.
. "Pedido" el formulario en papel o electrónico (como parte de las transacciones electrónicas) mediante el cual el Cliente ordena el Suministro al Proveedor, que incluirá como mínimo:
o una descripción del Suministro, el número de código del artículo, el precio del Suministro, la fecha y lugar de entrega y la cantidad;
o los datos del Cliente;
o el número de referencia del Contrato.
. "Persona Restringida" significa cualquier individuo o entidad que esté listada, o sea propiedad en un cincuenta por ciento (50%) o más (directa o indirectamente), o esté controlada (si el control se utiliza bajo las Regulaciones de Sanciones relevantes), por cualquier parte listada, en una Lista de Sanciones.
. "Proveedor" TotalEnergies Marketing Argentina S.A. y/o cualquier entidad de TotalEnergies mencionada en estos TCGV y/o el Contrato. El Cliente reconoce y acepta expresamente que no habrá responsabilidad solidaria entre el Proveedor, por un lado, y TotalEnergies Marketing Argentina S.A. o cualquier otra entidad legal que forme parte de TotalEnergies, por otro lado. En consecuencia, cada entidad legal que confirme un pedido será la única responsable del cumplimiento de sus obligaciones hacia el Cliente derivadas de Pedidos y/o del Contrato.
. "Regulaciones de Sanciones" significa cualquier sanción económica, financiera, de control de exportaciones o comercial aplicable, leyes, regulaciones, embargos u otras medidas restrictivas promulgadas, administradas, implementadas y/o aplicadas de vez en cuando por cualquier Autoridad de Sanciones o una agencia de la misma.
. "Subcontratista" la persona física o entidad legal designada por el Proveedor para proporcionar todo o parte del Suministro.
. "Suministro" cualquier bien, producto o equipo que deba ser entregado o prestado por el Proveedor.
. "TotalEnergies" el conjunto compuesto por TotalEnergies Marketing Argentina S.A. y cualquier entidad legal:
. que directa o indirectamente posea o llegue a poseer más del cincuenta por ciento (50%) de las acciones que confieren inmediatamente derechos de voto en las juntas de accionistas ordinarias de TotalEnergies Marketing Argentina S.A.; o
. para la cual más del cincuenta por ciento (50%) de las acciones que confieren inmediatamente derechos de voto en las juntas de accionistas ordinarias sean o lleguen a ser poseídas, directa o indirectamente, por TotalEnergies Marketing Argentina S.A. o una Afiliada.
Después de haber negociado, las Partes acordaron que el Contrato constituye el acuerdo entre las Partes y, en este sentido, prevalecerá sobre y anulará cualquier término y condición contenido en las facturas emitidas por el Proveedor y en cualquier otro documento emitido por las Partes y será aplicable a menos que las disposiciones legales estipulen lo contrario. Los compromisos y acuerdos verbales no tendrán fuerza ni efecto a menos que sean confirmados por acuerdo escrito entre las Partes. El Proveedor puede proponer cambios o adiciones debidamente identificados a los TCGV. La confirmación del Proveedor a los Pedidos, y la emisión por el Proveedor y/o el pago de las facturas por el Cliente se considerarán aceptación de los TCGV. Las modificaciones o desviaciones de estos TCGV solo se aplicarán si han sido acordadas por escrito entre las Partes y solo serán válidas para el Contrato en cuestión. El Cliente no podrá basarse en estas modificaciones y desviaciones para otros contratos. El Contrato constituye el acuerdo completo entre las Partes y cancela y reemplaza todos los intercambios, compromisos y acuerdos anteriores relacionados con el Suministro
3.1 General: Cualquier Contrato deberá ser por escrito. Ningún Pedido emitido por el Cliente será vinculante para el Proveedor salvo que éste lo acepte expresamente por escrito o mediante la ejecución total o parcial del mismo, incluyendo, sin limitación, la entrega de los Productos o la emisión de la correspondiente factura. El Proveedor podrá aceptar o rechazar cualquier Pedido, total o parcialmente, a su sola discreción, sin necesidad de expresar causa. El silencio del Proveedor, la falta de respuesta o la ausencia de confirmación no constituirán, en ningún caso, aceptación del Pedido. Cualquier referencia del Cliente a sus propios términos y condiciones, ya sea en órdenes de compra, plataformas electrónicas, correos electrónicos u otros documentos, se considerará no vinculante y no será oponible al Proveedor, salvo aceptación expresa y escrita de este último.
3.2 Transacciones Electrónicas: Las Partes acuerdan que sus transacciones comerciales podrán realizarse por medios electrónicos, incluyendo correo electrónico, plataformas digitales, sistemas EDI u otros medios equivalentes. Los registros, sistemas, datos y constancias del Proveedor relativos a pedidos, aceptaciones, entregas, facturación y pagos constituirán prueba suficiente de las operaciones realizadas entre las Partes, salvo error manifiesto. Las Partes reconocen la validez y eficacia de las comunicaciones electrónicas como medio de prueba y renuncian a impugnar su validez por el solo hecho de haberse realizado por dichos medios.
El Cliente no podrá modificar, suspender ni cancelar total o parcialmente un Pedido aceptado por el Proveedor sin el consentimiento previo y escrito del Proveedor. Cualquier solicitud de modificación estará sujeta a la evaluación exclusiva del Proveedor en términos de disponibilidad, impacto operativo, costos y plazos. El Proveedor podrá aceptar o rechazar dicha solicitud a su sola discreción. En caso de aceptación, el Proveedor podrá ajustar precios, condiciones comerciales, plazos de entrega y cualquier otro término afectado, debiendo el Cliente asumir todos los costos, gastos y consecuencias derivados de la modificación solicitada. La falta de aceptación expresa por parte del Proveedor implicará el mantenimiento de las condiciones originales del Pedido.
5.1 Términos de Entrega: Salvo pacto en contrario, el Proveedor determinará las condiciones de entrega, incluyendo modalidad, lugar y términos logísticos. Las fechas de entrega son estimativas y no constituyen obligación esencial. El Proveedor no será responsable por retrasos razonables ni por aquellos derivados de circunstancias fuera de su control. El Proveedor podrá realizar entregas parciales, las cuales podrán ser facturadas separadamente y deberán ser aceptadas por el Cliente. A menos que se acuerde expresamente lo contrario, la entrega se considerará cumplida con la puesta a disposición de los Productos en el punto logístico designado por el Proveedor. Los riesgos se transferirán al Cliente conforme a lo dispuesto en el Contrato o, en su defecto, al momento de la puesta a disposición.
5.2 Cumplimiento de Plazos o Tiempos de Entrega – Cambios Logísticos: El retraso en la entrega no dará derecho al Cliente a aplicar penalidades, rechazar los Productos ni rescindir el Contrato, ni a reclamar daños indirectos o lucro cesante. En caso de retraso significativo, las Partes negociarán de buena fe un ajuste razonable en los plazos. Cualquier cambio en el lugar o condiciones de entrega solicitado por el Cliente deberá ser previamente aceptado por el Proveedor y podrá implicar ajustes de precio y plazo.
Cada Parte será responsable de obtener y mantener vigentes las licencias, permisos, registros y autorizaciones que le resulten exigibles conforme a la normativa aplicable a su actividad. El Proveedor garantizará únicamente el cumplimiento de las obligaciones regulatorias directamente vinculadas a la fabricación y comercialización de los Productos al momento de su entrega. El Cliente será exclusivamente responsable de: (i) la obtención de autorizaciones vinculadas a la importación, almacenamiento, distribución y uso de los Productos; y (ii) el cumplimiento de la normativa aplicable a sus propias operaciones. El Proveedor no estará obligado a suministrar documentación distinta de la requerida por la normativa aplicable o aquella que utilice habitualmente en el curso de sus operaciones.
El Cliente garantiza que su personal involucrado en la ejecución del Contrato será empleado y registrado en pleno cumplimiento con la legislación aplicable.
El Cliente deberá inspeccionar los Productos en el momento de la entrega del Suministro. Toda falta, defecto aparente o daño visible deberá ser consignado en el remito correspondiente en dicho acto. En ausencia de observaciones, los Productos se considerarán aceptados sin reservas. Cualquier reclamo por defectos no aparentes deberá notificarse por escrito dentro de los cinco (5) días de su detección. El uso, consumo, mezcla, reventa o falta de notificación en los plazos indicados implicará la aceptación irrevocable de los Productos. La devolución de Productos requerirá autorización previa y escrita del Proveedor.
El riesgo sobre los Productos se transferirá al Cliente en el momento de la entrega del Suministro. La propiedad de los Productos permanecerá en el Proveedor hasta el pago íntegro y efectivo de la totalidad del precio, intereses, impuestos y cualquier otra suma adeudada. Hasta tanto opere la transferencia de propiedad, el Cliente se obliga a: (i) mantener los Productos debidamente identificados; y (ii) no gravarlos ni disponer de ellos de manera que afecte los derechos del Proveedor. En caso de incumplimiento de pago, el Proveedor podrá recuperar los Productos, sin perjuicio de otros derechos o acciones que pudieran corresponderle.
A menos que se especifique lo contrario en el Contrato, los precios indicados en el Contrato son sumas fijas y no estarán sujetos a ninguna revisión. Todos los precios son sin IVA. El Cliente asumirá todos los costos relacionados con impuestos, tasas y gravámenes que puedan corresponder.
11.1 Condiciones generales: Salvo acuerdo expreso y por escrito en contrario, las ventas realizadas por el Proveedor se efectuarán bajo la modalidad de cuenta corriente, con un plazo estándar de pago de treinta (30) días corridos contados desde la fecha de emisión de la factura. Cualquier condición de pago diferente deberá ser previamente acordada y aprobada en forma expresa por el Proveedor para cada caso particular.
11.2 Asignación de crédito: La asignación y mantenimiento de líneas de crédito al Cliente estará sujeta a un análisis de riesgo previo, y dependerá de las condiciones comerciales, financieras y de cumplimiento propias de cada Cliente, a exclusivo criterio del Proveedor. El Proveedor podrá, en cualquier momento: (i) fijar, modificar o retirar el límite de crédito otorgado; (ii) condicionar el suministro de Productos al cumplimiento de dicho límite; y/o (iii) exigir el otorgamiento de garantías adicionales, pagos anticipados o condiciones especiales como requisito para la continuidad de las entregas.
11.3 Condiciones de pago: A menos que el Proveedor acuerde lo contrario, los Productos deberán ser abonados dentro del plazo indicado en la correspondiente factura, sin derecho a descuento, compensación ni retención alguna. El Proveedor no aceptará pagos mediante cheques de terceros ni mediante cualquier otro instrumento que no haya sido previamente autorizado.
11.4 Mora: La falta de pago en término producirá la mora automática del Cliente, sin necesidad de interpelación o aviso previo. En tal caso: (i) el Proveedor tendrá derecho a suspender o cancelar total o parcialmente cualquier entrega pendiente de Productos, sin responsabilidad alguna; (ii) todas las sumas vencidas devengarán intereses por mora desde el día siguiente al vencimiento y hasta su efectivo pago, a la tasa que el Proveedor determine periódicamente y comunique al Cliente.
11.5 Gastos y daños derivados de la mora: El Cliente deberá indemnizar al Proveedor por todos los costos, gastos y perjuicios derivados de su incumplimiento, incluyendo, a título meramente enunciativo, gastos administrativos, honorarios profesionales, intereses adicionales y costos de recuperación de crédito.
11.6 Independencia de pagos: Ningún reclamo, disputa o controversia invocada por el Cliente respecto de los Productos o facturación facultará al Cliente a suspender, diferir o reducir los pagos debidos al Proveedor, salvo acuerdo expreso y por escrito de este último.
Si se procesan datos personales, el Cliente garantiza que procesará dichos datos en cumplimiento con las leyes aplicables.
13.1 Alcance de la garantía: El Proveedor garantiza únicamente que, al momento de la entrega del Suministro, los Productos cumplen sustancialmente con sus especificaciones técnicas estándar y con la normativa obligatoria aplicable a su comercialización.
13.2 Exclusión de finalidades particulares: Salvo aceptación expresa y escrita del Proveedor, éste no garantiza la aptitud de los Productos para una finalidad particular, proceso específico, resultado esperado, compatibilidad técnica o desempeño buscado por el Cliente. Será exclusiva responsabilidad del Cliente verificar la adecuación de los Productos a sus necesidades, usos y procesos.
13.3 Condiciones de procedencia: La garantía sólo será aplicable respecto de defectos debidamente acreditados, notificados en tiempo oportuno y siempre que los Productos: (i) hayan sido almacenados, manipulados, transportados y utilizados correctamente; (ii) no hayan sido mezclados, alterados, fraccionados, contaminados o revendidos sin observancia de las instrucciones del Proveedor; y (iii) no hayan sufrido desgaste normal, uso impropio o intervención de terceros.
13.4 Remedio exclusivo: Ante un defecto cubierto por la presente garantía, el remedio exclusivo del Cliente será, a opción del Proveedor: (i) reemplazar el Producto afectado; (ii) otorgar una nota de crédito; o (iii) reembolsar el precio efectivamente abonado por el Producto defectuoso. El Proveedor no estará obligado a reparar, desmontar, reinstalar ni asumir costos indirectos o accesorios.
13.5 Exclusión de otras garantías: En la máxima medida permitida por la ley aplicable, quedan excluidas todas las demás garantías, expresas o implícitas, incluyendo, sin limitación, las de comerciabilidad, aptitud para un uso particular, disponibilidad futura, rendimiento o ausencia de interrupciones.
El Cliente se compromete, en su propio nombre y en nombre de su personal a cumplir y garantizar el cumplimiento de las leyes, normas y mejores prácticas aplicables con respecto a la salud, seguridad, condiciones de trabajo y el medio ambiente. Al entregar el Suministro, el Cliente cumplirá y garantizará que todos sus empleados o representantes cumplan con las normas vigentes en el sitio respectivo con respecto a la salud, higiene, seguridad, condiciones de trabajo y el medio ambiente, así como con toda la legislación y regulaciones aplicables. Si el Cliente, sus empleados o representantes no cumplen con alguna de estas obligaciones, todas las consecuencias derivadas de o en relación con el incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones, incluidos los costos incurridos por el Proveedor como resultado de dichos incumplimientos, serán asumidos únicamente por el Cliente. En caso de que el Suministro contenga sustancias químicas que lo hagan caer bajo el Reglamento "Reach" (Reglamento Europeo n°1907/2006, en adelante denominado "Reglamento Reach"), o dentro del marco legal existente en Argentina para la regulación de sustancias químicas, el Cliente garantiza que cumplirá con todas las obligaciones previstas por la ley. Todas las consecuencias del incumplimiento del Reglamento Reach y/o la ley que aplique serán asumidas por el Cliente. En caso de que la comercialización del Suministro se interrumpa como resultado del Reglamento Reach y/o la ley vigente en Argentina, el Cliente notificará al Proveedor por escrito la fecha efectiva de la discontinuidad con un aviso previo de seis (6) meses, a menos que se disponga lo contrario en el Contrato
Cada Parte será responsable de cualquier daño que ella o sus empleados y/o representantes causen a la otra Parte o a un tercero en relación con el Suministro y/o que surja en conexión con la ejecución del Contrato. Dicha Parte indemnizará y mantendrá indemne a la otra Parte y a sus aseguradores contra cualquier daño, costo y/o responsabilidad que la otra Parte pueda sufrir.
Ninguna de las Partes se considerará en incumplimiento de sus obligaciones contractuales en la medida en que su incumplimiento se deba a un evento de Fuerza Mayor. La fuerza mayor solo eximirá a la Parte Afectada de sus obligaciones contractuales en la medida y durante el período en que dicha Parte esté impedida de cumplir con esas obligaciones. Cada Parte asumirá sus propios gastos resultantes de la ocurrencia de un evento de Fuerza Mayor. La Parte Afectada por un evento de Fuerza Mayor notificará inmediatamente a la otra Parte ("la Parte No Incumplidora") de la situación por escrito confirmada por carta certificada con acuse de recibo, proporcionando toda la evidencia documental necesaria del evento de Fuerza Mayor. La Parte No Incumplidora tendrá derecho a verificar la existencia de la situación. La Parte que invoque un evento de Fuerza Mayor hará todo lo posible para mitigar en la medida de lo posible cualquier efecto adverso derivado de esta situación. Si el evento que da lugar a un evento de Fuerza Mayor continúa por más de quince (15) días consecutivos, la Parte No Incumplidora tendrá derecho a rescindir todo o Parte del Contrato inmediatamente de pleno derecho y sin compensación ni otra indemnización.
El Cliente no cederá el Contrato a ningún tercero, en su totalidad o en parte, sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor. El Proveedor tendrá derecho a ceder todo o parte del Contrato a cualquier entidad legal de TotalEnergies, sujeto a una información previa por escrito sobre dicha cesión enviada al Cliente. En caso de que el Cliente se fusione con una empresa no controlada por la misma empresa que controla al Cliente, o en caso de una aportación en especie a una empresa que no esté controlada por la empresa que controla al Cliente, o en caso de un Cambio de Control del Cliente, el Cliente notificará inmediatamente al Proveedor. Dentro de los treinta (30) días corridos siguientes al envío de dicha notificación, el Proveedor tendrá derecho a rescindir el Contrato, sin indemnización, sujeto a un aviso previo por escrito de dos (2) meses, excluyéndose de dicha rescisión todas las Órdenes en ejecución en el momento de la rescisión. Cuando el Contrato sea cedido por el Cliente a un tercero, todos los derechos del Proveedor derivados del Contrato, incluidos el derecho a reclamar daños y perjuicios, serán exigibles contra dicho tercero. A menos que se estipule expresamente lo contrario, el Cliente seguirá siendo solidariamente responsable con el cesionario frente al Proveedor por el cumplimiento total del Contrato.
18.1 RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO
18.1.1 Cualquiera de las Partes tendrá derecho a rescindir de pleno derecho todo o Parte del Contrato en caso de incumplimiento de una obligación por la otra Parte que no se subsane dentro de los quince (15) días corridos posteriores a la recepción de una notificación por escrito para hacerlo.
18.1.2 El Proveedor tendrá derecho a rescindir todo o parte del Contrato de pleno derecho y sin previo aviso, pero solo en las siguientes situaciones:
. en caso de incumplimientos repetidos por parte del Cliente o incumplimientos repetidos del Suministro establecidos en el artículo 18.1.1; o
. debido a incumplimientos del Cliente de una o más normas relativas a la salud, higiene, seguridad, condiciones de trabajo o protección ambiental que puedan ser perjudiciales para las personas o la propiedad; o
. en caso de que las consecuencias de dichos incumplimientos sean irreparables; o
. en cualquier otra circunstancia prevista en el Contrato. En tales casos, la rescisión será efectiva inmediatamente después de la recepción por parte del Cliente de la notificación de rescisión.
18.1.3 El derecho de una Parte a rescindir todo o parte del Contrato no afecta a sus derechos a reclamar daños y perjuicios contra la otra Parte.
18.2 RESCISIÓN A INICIATIVA DEL PROVEEDOR: El Proveedor tiene derecho a rescindir todo o parte del Contrato en cualquier momento, sujeto a un aviso previo de treinta (30) días corridos (a menos que se especifique un período de aviso diferente en el Contrato) enviado por carta certificada con acuse de recibo al Cliente. La rescisión del Contrato de la manera antes mencionada tendrá el efecto de rescindir cualquier Pedido pendiente especificado en el aviso de rescisión. El Cliente no tendrá derecho, como resultado de la rescisión del Contrato por el Proveedor, a percibir ninguna indemnización de ningún tipo.
18.3 RESCISIÓN EN CASO DE INSOLVENCIA: A menos que sea contrario a cualquier disposición legal, el Proveedor tendrá derecho a rescindir el Contrato de pleno derecho y sin previo aviso en caso de que el Cliente tenga una petición de concurso, quiebra o liquidación presentada o anunciada, convoque una reunión con miras a entrar en concurso, quiebra o liquidación, o de otro modo entre en concurso, quiebra o liquidación o tenga una petición presentada para el nombramiento de cualquier administrador con respecto al negocio del Cliente.
19.1 Titularidad: Todos los derechos de propiedad intelectual, industrial, know-how, secretos comerciales, fórmulas, procesos, métodos de fabricación, especificaciones técnicas, documentación, diseños, software, marcas y demás activos intangibles del Proveedor, ya sean preexistentes o desarrollados con motivo del Contrato, permanecerán en todo momento como propiedad exclusiva del Proveedor o de sus licenciantes. La venta de los Productos no implicará, en ningún caso, la cesión, transferencia ni licencia de derechos de propiedad intelectual más allá de lo expresamente previsto en el presente artículo.
19.2 Derecho de uso: El Cliente adquiere únicamente un derecho limitado, no exclusivo, no transferible y revocable para utilizar los Productos en condiciones normales y para los fines propios de su actividad.
19.3 Restricciones: El Cliente se obliga a no: (i) reproducir, modificar, adaptar o transformar los Productos más allá de lo autorizado; (ii) realizar ingeniería inversa, descompilación, análisis o cualquier intento de obtener fórmulas, composición o procesos del Producto; (iii) utilizar o registrar marcas, nombres comerciales, signos distintivos o elementos del Proveedor; ni (iv) divulgar información técnica o confidencial del Proveedor a terceros.
19.4 Ausencia de desarrollo específico: Salvo acuerdo expreso y por escrito, el Proveedor no realizará desarrollos específicos para el Cliente, ni cederá derechos sobre eventuales adaptaciones o mejoras.
19.5 Infracción de derechos de terceros: El Proveedor garantiza que, al momento de la entrega, los Productos no infringen derechos de propiedad intelectual de terceros en condiciones normales de uso. En cualquier caso, la responsabilidad del Proveedor en relación con reclamaciones de terceros por infracción de propiedad intelectual estará limitada a las disposiciones de responsabilidad previstas en el presente Contrato, quedando excluidos daños indirectos, lucro cesante o pérdidas comerciales.
20.1 COMPROMISOS ANTICORRUPCIÓN: El Proveedor se familiarizará y cumplirá con las disposiciones anticorrupción de conformidad con el Anexo "Compromisos Anticorrupción". El Proveedor también se asegurará de que sus Subcontratistas cumplan con lo mismo.
20.2 SANCIONES ECONÓMICAS Y CONTROL DE EXPORTACIONES:
20.2.1 Las Partes deben ejecutar el Contrato de conformidad con las Regulaciones de Sanciones que se aplican a las Partes y a los Productos. Si cualquiera de las Partes no puede cumplir el Contrato debido a un conflicto de leyes, se aplicarán las disposiciones especificadas en el artículo 20.2.7.
20.2.2 El Cliente se compromete a no, directa o indirectamente, distribuir, revender, exportar, reexportar o transferir de otro modo los Productos comprados al Proveedor en violación de las Regulaciones de Sanciones.
20.2.3 Además, el Cliente se compromete y garantiza que, directa o indirectamente, no distribuirá, venderá, suministrará, exportará, reexportará o transferirá de otro modo los productos comprados al Proveedor en Rusia y/o Bielorrusia y/o para su uso en Rusia y/o Bielorrusia, así como en cualquier país que pueda estar sujeto a restricciones por parte de la Autoridad Competente.
20.2.4 El Cliente implementará procedimientos adecuados para cumplir con las Regulaciones de Sanciones y detectar posibles actividades no conformes de cualquier tipo de terceros, y aplicará dichos procedimientos a las transacciones que involucren los Productos comprados al Proveedor.
20.2.5 En caso de incumplimiento de los artículos 20.2.1, 20.2.2, 20.2.3 y 20.2.4 por parte del Cliente, el Proveedor tendrá derecho, a su absoluta discreción, a (i) suspender la ejecución del Contrato, y/o (ii) rescindir el Contrato, sin que el Cliente tenga derecho a reclamar ningún tipo de compensación previsto en el Contrato o en las leyes aplicables al mismo.
20.2.6 A lo largo de la ejecución del Contrato, el Cliente se compromete a informar inmediatamente al Proveedor, mediante notificación por escrito, de cualquier información que pueda afectar a la declaración o compromisos cubiertos por los artículos 20.2.1, 20.2.2, 20.2.3 y 20.2.4 anteriores, incluso en relación con las actividades de terceros que puedan frustrar los mismos apartados. En este caso, el Cliente pondrá a disposición del Proveedor la información relativa al cumplimiento de sus obligaciones en virtud de los artículos 20.2.1, 20.2.2, 20.2.3 y 20.2.4 en el plazo de dos semanas desde que el Proveedor la solicite por escrito.
20.2.7 Ninguna de las Partes estará obligada a cumplir ninguna obligación en virtud del Contrato si ello incumple, viola o expone a una Parte (la “Parte Afectada”) a medidas punitivas en virtud de las Regulaciones de Sanciones. En este caso, la Parte Afectada deberá, tan pronto como sea razonablemente posible, notificar por escrito a la otra Parte su incapacidad para cumplir con el Contrato. La Parte que no es la Parte Afectada podrá (i) suspender el cumplimiento de las obligaciones afectadas en virtud del Contrato hasta que la Parte Afectada pueda cumplir legalmente dicha obligación o (ii) rescindir el Contrato cuando la Parte Afectada no pueda cumplir legalmente dicha obligación, sin posibilidad de que la otra Parte reclame ningún derecho de compensación previsto en el Contrato.
Cualquier información proporcionada por el Proveedor al Cliente en relación con la ejecución del Contrato y todos los elementos, incluidos todos los informes, estudios y otros documentos, emitidos por el Proveedor y/o el Cliente en relación con la ejecución del Contrato serán tratados como confidenciales por el Cliente. Además, toda la información que el Cliente pueda adquirir en relación con la ejecución del Contrato, incluida, entre otras, cualquier información sobre la organización, actividades comerciales o resultados financieros del Proveedor, será tratada como confidencial por el Cliente. El Cliente no divulgará la información y/o elementos mencionados anteriormente a ningún tercero ni al personal del Cliente, excepto a aquellos que estén involucrados en la ejecución del Contrato. Este párrafo no se aplicará en la medida en que la divulgación sea obligatoria en virtud de cualquier obligación legal o judicial. El Cliente se compromete a cumplir con estas obligaciones de no uso y de confidencialidad y hará que su personal cumpla con las mismas durante toda la duración del Contrato y por un período adicional de cinco (5) años después de la terminación del Contrato. Sin embargo, el Cliente no será responsable de la divulgación de información en la medida en que dicha información ya esté en el dominio público o haya sido obtenida legítimamente de otras fuentes. El Cliente, al final del Contrato, independientemente de la razón, devolverá al Proveedor la información y los datos, y todas las copias de los mismos, que el Cliente pueda tener en relación con la ejecución del Contrato o, a solicitud por escrito del Proveedor, destruirá la información y los datos confidenciales.
El Cliente no tendrá derecho a usar ni referirse a los nombres comerciales, marcas registradas o logotipos de TotalEnergies sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor.
Por acuerdo mutuo, las Partes intentarán resolver amigablemente cualquier disputa, incluso mediante mediación. Sin embargo, dicho intento no será una condición previa obligatoria para iniciar procedimientos ante el tribunal con jurisdicción según se define a continuación. A menos que se especifique lo contrario en el Contrato, el Contrato, incluida su existencia, validez y/o terminación, estará regido por las leyes de la República Argentina, y cualquier disputa que surja de o en relación con el Contrato estará sujeta a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. El Cliente y el Proveedor renuncian expresamente a la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG), firmada en Viena el 11 de abril de 1980.
24.1 INDEPENDENCIA DE LAS PARTES: Este Contrato se ha celebrado entre partes independientes y ninguna de sus disposiciones se interpretará como otorgando el derecho o mandato a cualquiera de las partes para actuar en nombre de la otra parte ni como implicando ninguna asociación, agencia, sociedad o sociedad entre ellas.
24.2 INVALIDEZ PARCIAL: Si alguna disposición del Contrato es o se vuelve inválida o inaplicable según cualquier ley, reglamento o decisión judicial, dicha disposición se considerará como no escrita. Sin embargo, todas las demás disposiciones del Contrato seguirán siendo válidas.
24.3 RENUNCIA: La renuncia por cualquiera de las Partes a un incumplimiento de cualquiera de las disposiciones del Contrato no se interpretará como una renuncia a cualquier otro incumplimiento de las mismas u otras disposiciones, ni cualquier demora u omisión por cualquiera de las Partes en ejercer cualquier derecho aquí operará como una renuncia a cualquier incumplimiento por dicha Parte.
24.4 DISPOSICIONES QUE SOBREVIVEN: Las disposiciones de los artículos 9, 11, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y cualquier otra disposición de estos TCGV que esté destinada a aplicarse después de la terminación del Contrato sobrevivirán a la expiración o terminación del Contrato (independientemente de cómo se haya producido) y continuarán y permanecerán en pleno vigor y efecto.
DEFINICIONES
"Funcionario Público" significa un funcionario electo o designado, empleado o agente de cualquier gobierno/estado nacional, regional o local o departamento, agencia o instrumento de cualquier gobierno/estado o cualquier empresa en la que dicho gobierno/estado posea, directa o indirectamente, una participación mayoritaria o de control; un funcionario de un partido político; un candidato a un cargo público; y cualquier funcionario, empleado o agente de cualquier organización pública internacional.
"Familiar Cercano de un Funcionario Público" significa un esposo/esposa o pareja, uno de sus hijos, hermanos o padres; el esposo/esposa o pareja de sus hijos o hermanos; o cualquier miembro del hogar.
PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN En reconocimiento de los principios consagrados en las convenciones internacionales y regionales pertinentes sobre la lucha contra la corrupción y para garantizar el cumplimiento de las leyes anticorrupción aplicables a las actividades bajo el Contrato y cualquier otra ley anticorrupción aplicable a las Partes o su empresa matriz final,
1 – El Proveedor, con respecto al Contrato y los asuntos que son objeto del Contrato, garantiza que ni él ni, a su conocimiento, nadie en su nombre, ha hecho u ofrecido ni hará u ofrecerá ningún pago, regalo, promesa o dará ninguna ventaja, ya sea directamente o a través de un intermediario, a o para el uso de cualquier Funcionario Público, donde dicho pago, regalo, promesa o ventaja sería para los siguientes propósitos: (i) influir en cualquier acto o decisión de dicho Funcionario Público; (ii) inducir a dicho Funcionario Público a realizar u omitir cualquier acto en violación de sus deberes legales; (iii) asegurar cualquier ventaja indebida; o (iv) inducir a dicho Funcionario Público a usar su influencia para afectar cualquier acto o decisión de cualquier departamento, agencia o instrumento de cualquier gobierno o empresa pública.
2 - El Cliente, con respecto al Contrato y los asuntos que son objeto del Contrato, garantiza que no ha hecho ni ofrecerá ningún pago, regalo, promesa o dará ninguna ventaja, ya sea directamente o a través de intermediarios, a o para el uso de cualquier persona (que no sea un Funcionario Público) en la medida en que dicho pago, regalo, promesa o ventaja sería para los siguientes propósitos: inducir a dicha persona a realizar u omitir cualquier acto en violación de su deber legal o asegurar cualquier ventaja indebida, o de otro modo hacer o abstenerse de hacer algo que violaría las leyes aplicables a las actividades bajo el Contrato.
3 - El Cliente hará que su personal cumpla con las obligaciones establecidas en este Anexo. En particular, el Cliente realizará diligencias debidas de cumplimiento en todos sus subcontratistas para garantizar que actúen en estricto cumplimiento con las leyes anticorrupción aplicables, realizando investigaciones apropiadas. El Proveedor se reserva el derecho de solicitar pruebas y/o documentación relacionada con dichas diligencias debidas.
4 - Todos los acuerdos financieros, facturaciones e informes presentados al Proveedor reflejarán con precisión y en detalle razonable todas las actividades y transacciones realizadas en el desempeño del Contrato. El Cliente también mantendrá controles internos adecuados para garantizar que todos los pagos realizados en el desempeño del Contrato estén autorizados y cumplan con el Contrato. El Proveedor se reserva el derecho de realizar, por sí mismo o a través de un representante debidamente autorizado, auditorías en las instalaciones del Cliente de todos los pagos realizados por o en nombre del Cliente para el Suministro definido en el Contrato. El Cliente acepta cooperar plenamente en cualquier auditoría de este tipo, incluyendo poner a disposición del Proveedor o su representante debidamente autorizado los libros y registros relevantes y responder cualquier pregunta relevante que el Proveedor pueda tener en relación con el desempeño del Cliente bajo este Contrato.
5 - Todos los pagos del Proveedor al Cliente se realizarán de acuerdo con los términos de pago especificados en el Contrato. Los comprobantes de pago remitidos por el Cliente se considerarán como una representación y garantía por parte del Cliente de que la cuenta bancaria desde donde realice dichos pagos es propiedad exclusiva del Cliente y que ninguna persona que no sea el Cliente tiene ninguna propiedad o interés en dicha cuenta.
6 – El Cliente declara y garantiza que ningún Funcionario Público o Familiar Cercano de un Funcionario Público posee o posee, directa o indirectamente, acciones o cualquier otro interés beneficioso en el Cliente (que no sea a través de la propiedad de valores que se negocian públicamente y que no sea suficiente para constituir una participación de control), o es director, funcionario o agente del Cliente, excepto por cualquier propiedad, interés o posición que el Cliente haya divulgado al Proveedor por escrito. La representación y garantía anterior continuará mientras este Contrato permanezca en vigor. El Cliente se compromete a notificar al Proveedor de inmediato y por escrito cualquier desarrollo que afecte o pueda afectar la exactitud de la representación o garantía anterior. En cualquier caso, si un Funcionario Público o Familiar Cercano de un Funcionario Público posee o adquiere, directa o indirectamente, acciones o cualquier otro interés beneficioso en el Cliente, o es o se convierte en director, funcionario o agente del Proveedor, el Cliente tomará las medidas adecuadas para garantizar que dicho Funcionario Público o Familiar Cercano de un Funcionario Público evite cualquier conflicto de intereses, cumpla con la legislación aplicable de acuerdo con el lugar de ejecución del Contrato que prohíbe los conflictos de intereses por parte de los Funcionarios Públicos y cumpla con las disposiciones anticorrupción descritas en este Anexo.
6.bis - No obstante lo anterior, las Partes aceptan y reconocen que, en el caso de que el Cliente sea propiedad en parte de una empresa estatal o pueda, ya sea ahora o en el futuro, ser considerado como una entidad gubernamental o cuasi-gubernamental según la ley, es posible que un Funcionario Público pueda servir como director, funcionario o empleado del Cliente o sus subsidiarias. En tal caso, las Partes acuerdan que el Cliente puede tener uno o más directores, funcionarios o empleados que califiquen como Funcionarios Públicos, siempre que: (i) el Funcionario Público ocupe dicha posición dentro del Cliente en total conformidad con las leyes que se atribuyen a dicha Parte y según lo requerido por las mismas; (ii) el nombramiento del Funcionario Público como director, funcionario o empleado del Cliente sea revisado y aprobado por la empresa estatal; (iii) cualquier pago al Funcionario Público o en su nombre sea revisado y aprobado por la empresa estatal y no exceda la remuneración que sería razonable para una persona que ocupe esa posición particular dentro del Cliente; y (iv) dicha remuneración sea totalmente consistente con las Leyes Aplicables y los asuntos que son objeto del Contrato y no se realice para influir en ningún acto oficial, decisión u omisión de dicho Funcionario Público ni para recompensar al Funcionario Público en relación con cualquiera de los mismos que pueda haber sido tomado en el pasado.
7 – Sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso, el Proveedor puede tener en virtud del presente o por ley, incluidos, entre otros, daños y perjuicios por incumplimiento del Contrato, si alguno de los compromisos o requisitos de este Anexo no ha sido cumplido o satisfecho por el Cliente en cualquier aspecto material, el Proveedor tendrá derecho a suspender y/o rescindir el Contrato por incumplimiento del Cliente con efecto inmediato de acuerdo con el párrafo 18.1.2 del Artículo 20 "Rescisión por incumplimiento".
Requisitos de ciberseguridad aplicables a pedidos fuera de un marco contractual que incluya requisitos de ciberseguridad
PREÁMBULO
Estos requisitos de ciberseguridad establecen el marco mínimo y estándar de las reglas que deben ser respetadas por el Proveedor y sus posibles Subcontratistas en el contexto de la ejecución de un Pedido.
Los Requisitos de Ciberseguridad no prevalecerán ni derrotarán la aplicación de (i) leyes y regulaciones aplicables relacionadas con la Ciberseguridad de Sistemas y datos y (ii) reglas aplicables más precisas y estrictas relacionadas con la Ciberseguridad de Sistemas y Datos, como certificaciones a estándares como ISO, ETSI o Ciberseguridad Europea aplicables al Proveedor, sus productos, procedimientos y/o servicios, las Reglas Internas y las reglas acordadas de otro modo por las Partes.
Se recuerda que ciertos Sistemas de Información y sus Recursos, debido a su sensibilidad, pueden estar sujetos a regulaciones específicas, en particular en términos de confidencialidad (por ejemplo, secreto de defensa), obligaciones técnicas, humanas y organizativas, control y Auditoría, calificación y acreditación, gestión de alertas y crisis, etc. También se aplicarán y prevalecerán sobre estos Requisitos de Ciberseguridad Reglas Internas Específicas (incluida la Política de Seguridad de los Sistemas de Información) así como reglas contractuales específicas.
Las referencias al Proveedor deben entenderse como incluyendo al Proveedor y sus Subcontratistas, extendiéndose las obligaciones del Proveedor a los Sistemas de Información y Recursos de sus Subcontratistas.
Términos y definiciones
Los términos definidos a continuación se aplican solo a los requisitos de seguridad; no pueden ser utilizados ni referenciados en los otros documentos contractuales del Pedido.
CERT (Computer Emergency Response Team) TotalEnergies: El equipo de respuesta a emergencias de TI responsable de coordinar la respuesta a incidentes y la evaluación de ciberseguridad entre las entidades de TotalEnergies y las subsidiarias de TotalEnergies. Ver https://totalenergies.com/cert
Datos del Cliente: datos, incluidos datos personales, a los que el Proveedor tiene acceso bajo el Pedido, así como datos (incluidos registros y metadatos) generados por los Sistemas.
Ciberseguridad: Todas las Medidas técnicas y organizativas necesarias y proporcionales para proteger los Sistemas de Información y Recursos de la Empresa, los Datos del Cliente, los usuarios y terceros que podrían verse afectados, contra eventos o acciones que puedan comprometer la disponibilidad, autenticidad, integridad o confidencialidad de los Sistemas de Información y Recursos, así como los Datos del Cliente y los servicios que ofrecen o hacen accesibles.
Incidente de Ciberseguridad: Cualquier Evento observado que pueda poner en duda la Ciberseguridad o el funcionamiento normal de un Recurso del Sistema de Información (o un servicio proporcionado por la función de SI) del Cliente y que pueda afectar la disponibilidad, integridad o confidencialidad del Recurso relevante o los Datos del Cliente.
Sistema de Información: Un conjunto organizado de Recursos para procesar datos y proporcionar servicios. El Sistema de Información es esencial para las actividades de la Empresa. Incluye el Sistema de Información Empresarial (EIS) y el Sistema de Información Industrial (IIS).
Reglas Internas: Se refiere a las reglas del Cliente, en particular, cualquier regla y procedimiento interno específico de los Sistemas de Información o los sitios del Cliente transmitidos por el Cliente al Proveedor o accesibles desde la Intranet del Cliente.
Incidente Mayor de Ciberseguridad: Cualquier Incidente de Ciberseguridad con consecuencias para el proceso de pedido.
Código Malicioso: Cualquier programa desarrollado con el propósito de dañar o mediante un Sistema informático o una red.
Medida (de Ciberseguridad): Medios para gestionar un Riesgo, que pueden ser de naturaleza administrativa, técnica, gerencial o legal, incluyendo en particular la política, procedimientos, directrices y prácticas u organizaciones.
Recurso (del Sistema de Información): Incluye todos o parte de los medios, servicios y procesos involucrados en el funcionamiento del Sistema de Información del Cliente, como, en aplicaciones, datos, medios técnicos, equipos, redes (locales, corporativas, etc.). Se especifica que los Recursos incluyen los medios, servicios y procesos de los Proveedores que participan en el Sistema de Información del Cliente, incluidos los proveedores de servicios en la nube o SaaS, proveedores de servicios encargados de servicios gestionados o subcontratados, etc.
Riesgo (de Ciberseguridad): Un Riesgo caracterizado por:
. Una Amenaza o acción maliciosa de origen interno o externo en los Sistemas de Información.
. Una Amenaza o acción no maliciosa, como una falla, negligencia o error de los Sistemas de Información.
Sistemas: se refiere a los Sistemas de Información del Cliente o del Proveedor utilizados en el contexto del Pedido.
Amenaza (de Ciberseguridad): Causa potencial de un Riesgo de Ciberseguridad, que puede dañar un Sistema de Información o una organización.
Requisitos de Ciberseguridad
1. Concienciar sobre la Ciberseguridad entre el personal El Proveedor debe llevar a cabo acciones de concienciación del personal involucrado en la ejecución del pedido (incluidos los Subcontratistas), para asegurarse de que conozcan las reglas de Ciberseguridad.
2. Proteger los datos del Cliente utilizados en el contexto del Pedido El Proveedor debe asegurarse de que todos los datos y documentos relacionados con el Cliente (incluidos los Datos del Cliente o los generados por el servicio definido en el Pedido o los datos de inventario) permanezcan en los entornos dedicados y seguros. La transferencia de datos o documentos fuera de estos entornos está estrictamente prohibida. En particular, los documentos y mensajes intercambiados bajo el Pedido no deben comunicarse a terceros sin el consentimiento previo del Cliente.
3. Eliminar mensajes de correo electrónico y documentos relacionados con el Pedido al final del Pedido A menos que se estipule lo contrario en un documento contractual que tenga prioridad sobre estos requisitos y a menos que exista una obligación legal obligatoria o para los fines de certificar el producto o servicio que es objeto del Pedido, el Proveedor debe eliminar de sus propios Recursos, Datos del Cliente y mensajes y documentos electrónicos, dentro de un período máximo de un (1) mes desde la terminación del Pedido por cualquier motivo.
4. Asegurar las estaciones de trabajo utilizadas bajo el Pedido El Proveedor debe asegurar el endurecimiento de las estaciones de trabajo utilizadas por su personal (y/o Subcontratistas) en el contexto de la ejecución del Pedido para que este equipo no constituya un vector de incumplimiento de la seguridad de los Recursos utilizados para la ejecución del Pedido (por ejemplo, robo de equipos que resulte en la divulgación de información confidencial o la pérdida de datos esenciales, la propagación de Código Malicioso o la intrusión lógica y el acceso ilícito a Recursos sensibles).
5. Gestionar Incidentes relacionados con Códigos Maliciosos El Proveedor debe definir e implementar procesos y procedimientos para gestionar Amenazas y Códigos Maliciosos. El Proveedor está obligado a cumplir con sus obligaciones contractuales y legales sobre la notificación de Incidentes de Seguridad al Cliente, incluida la violación de datos personales o no personales.
6. Alertar en caso de un Incidente Mayor de Seguridad Los Incidentes Mayores de Seguridad deben ser reportados al CERT TotalEnergies (https://totalenergies.com/cert) dentro de las setenta y dos (72) horas desde el momento en que el Proveedor tenga conocimiento de ellos, especificando en particular la naturaleza y el alcance del Incidente Mayor de Seguridad, probados y potenciales, así como cualquier información para permitir al Cliente evaluar las consecuencias para sí mismo. El Proveedor colabora activamente con el Cliente y actualiza y completa regularmente esta información.
7. Responder a las solicitudes de una unidad de crisis del Cliente El Proveedor debe tener una organización de gestión de crisis que le permita responder a las solicitudes de la unidad de crisis del Cliente lo antes posible.