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Productos adheridos a la promoción: Quartz Ineo FIRST, Quartz Ineo MC3 y Quartz 9000.
Promoción válida del 14 de abril al 15 de junio de 2025, o hasta agotar stock, lo que suceda primero.


BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN “PROMO ENERGÍA PARA GANAR”
1. La promoción denominada “PROMO ENERGÍA PARA GANAR” (la “Promoción”) es organizada por TOTAL ESPECIALIDADES ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-55449610-1, con domicilio en Moreno 877 piso 22, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “Organizador”) quien es el único responsable de la mecánica, desarrollo y proceso de selección final de los ganadores. La Promoción se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”). Las personas intervinientes en la Promoción, por su sola participación, aceptan de pleno derecho y de forma incondicional las disposiciones de estas Bases.
2. La Promoción tendrá vigencia dentro del Territorio de la República Argentina (el “Ámbito Geográfico”), desde el 14 de abril del 2025 al 15 de junio de 2025 (el “Periodo de Vigencia”) y será difundida mediante publicidad en medios digitales y en los demás medios de comunicación que eventualmente establezca el Organizador.
3. Podrán participar en la Promoción las personas físicas mayores de 18 años y las menores de 18 años que posean licencia de conductor vigente, en ambos casos, domiciliadas en el Ámbito Geográfico, que, durante el Periodo de Vigencia observen el mecanismo de participación indicado en estas Bases, y que no se encuentren comprendidas en alguna de las causales de exclusión referidas en estas Bases (los “Participante/s”). No podrán participar de la Promoción personas jurídicas, personas humanas menores de 18 años que no posean licencia de conductor vigente, ni las domiciliadas fuera del Ámbito Geográfico, el personal, directores, accionistas y demás autoridades del Organizador, o de las sociedades controlantes o controladas del Organizador, o sujetas a control común con el Organizador o de sus agencias de publicidad o marketing o de cualquier otro proveedor del Organizador vinculado directa o indirectamente a esta Promoción, ni tampoco el personal, directores, accionistas y demás autoridades del Organizador, y las personas físicas o jurídicas que sean titulares de comercios habilitados de Quartz Auto Services, Neumen o lubricentros que sean clientes de los distribuidores oficiales del Organizador participantes para la venta de automotores o de repuestos o insumos para los mismos, es decir, establecimientos, lubricentros, ni las agencias de publicidad y empresas vinculadas a todas ellas, así como tampoco los cónyuges y consanguíneos o afinidad hasta el cuarto grado de todos los nombrados anteriormente, sea que lo hagan en nombre propio o de terceros. Tampoco los exdirectores, funcionarios, accionistas o empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado dentro de los treinta (30) días anteriores a la entrada en vigencia de la Promoción (en adelante, las “Personas Excluidas”).
4. Participan de la Promoción los siguientes productos TotalEnergies: (i) QUARTZ 9000, (ii) QUARTZ MC3, (iii) QUARTZ INEO FIRST.
5. El programa de premios ofrecidos en la Promoción (en adelante, los “Premios”, e individualmente, el “Premio”) está compuesto por:
(i) “Premios instantáneos”, que consisten en: (1) una Gorra. Disponibles hasta agotar stock. Cantidad total: (36.000) treinta y seis mil unidades.
(ii) “Premio grande”, 1 viaje en base doble para asistir al WEC en São Paulo, Brasil, con todos los gastos pagos.
El Premio incluye:
- Pasajes aéreos de ida y vuelta.
- Traslados en destino.
- Alojamiento en base doble.
- Comidas durante la estadía.
- Entradas a la competencia del WEC en São Paulo.
El Premio no incluye:
- Traslados desde/hacia el aeropuerto en Argentina.
- Gastos personales o adicionales no especificados en el punto anterior.
Los interesados en participar que cumplan con los requisitos previstos en estas Bases deberán: (i) escanear el código QR o ingresar al sitio web https://amepromo.totalenergies.com/argentina/b2c/ presentes en el material de comunicación en los establecimientos o lubricentros; (ii) completar la información requerida en el BOT con su nombre y apellido completo, documento nacional de identidad y provincia en la que residen (los “Datos Personales”). Los Participantes que completen todos y cada uno de los Datos personales requeridos de forma correcta, obtendrán automáticamente una chance (la “Chance”) para los Sorteos -conforme se definen ese término en el punto 9. de estas Bases- que se lleven a cabo con posterioridad a la obtención. Cada Participante podrá utilizar (1) una Chance para participar en la Promoción, lo que limita su participación a una (1) única oportunidad.
6. Con la sola compra de cualquiera de los productos TotalEnergies (i) QUARTZ 9000, (ii) QUARTZ MC3, (iii) QUARTZ INEO FIRST, o cambio de aceite Quartz sintético, cada consumidor podrá recibir (1) una gorra oficial como Premio instantáneo, sin necesidad de registrar su compra. Se entregará (1) una gorra por compra, sin importar la cantidad de lubricantes adquiridos, hasta agotar stock conforme el punto 5 (i) de estas Bases y condiciones. La entrega de estos Premios estará sujeta a disponibilidad en el punto de venta.
7. Se admitirá un máximo de una (1) participación en la Promoción por Participante durante el Periodo de Vigencia. Si un Participante participase en más de una (1) oportunidad, el sistema informático descartará, al azar y previo a los Sorteos, las participaciones que excedieran de una (1).
8. Las participaciones con Datos Personales incompletos o inexactos, o la utilización de scripts, macros, bots o cualquier otro sistema automatizado para participar de la Promoción serán anuladas y el Participante será descalificado. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante. La carga repetitiva del mismo Comprobante de Compra o de comprobantes apócrifos, llevarán a la anulación de todos los registros realizados por el Participante.
9. Se llevará a cabo un (1) sorteo general (el "Sorteo"), en el cual se pondrán en juego un (1) premio principal compuesto por un (1) "Premio Grande", como se especifica en el punto 5 de las presentes Bases y condiciones. En el Sorteo se computarán las Chances generadas por los Participantes desde el inicio del Periodo de Vigencia el 15 de junio de 2025.
El Sorteo se realizará el 17 de junio de 2025 a las 16:00 hs.
10. El Sorteo se llevará a cabo ante escribano público en Av. del Libertador 8460, piso 14, “B”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la utilización de un software, que elegirá al azar, para el sorteo, un (1) Participante, que podrá ganar un “Premio Grande”, y finalmente a cinco (10) Participantes “suplentes” (en conjunto, los “Potencial/es Ganador/es”), para el caso en que uno o más de los Potenciales Ganadores elegidos en primer término, por cualquier motivo, no cumpliese con alguno de los requisitos que se establecen en las Bases para la participación en la Promoción o para la asignación de los Premios. El primer Participante suplente será el suplente del Participante elegido en primer término y, si aquel no fuese designado finalmente ganador, se elegirá mediante un nuevo sorteo un nuevo Participante suplente y así sucesivamente.
11. La probabilidad matemática de ser elegido en los Sorteos dependerá de la cantidad de Participantes que participen de ellos y de las Chances con las que participe cada Participante. Si en cualquiera de los Sorteos se registrasen 2.000 Participantes, y considerando que cada Participante cuenta únicamente con (1) una Chance, la probabilidad de cada Participante de ser elegido en el Sorteo como Potencial Ganador del premio de PREMIO GRANDE será de 1 en 2.000.
12. Los Potenciales Ganadores de los Premios serán notificados de su condición de tales mediante un correo electrónico enviando desde la dirección de correo electrónico [email protected] y dirigido a la casilla de correo electrónico que informó cada Potencial Ganador al registrar su participación (la “Notificación”). En la Notificación se indicará la fecha, horario y datos de ingreso a la reunión que se llevará a cabo mediante la plataforma “Zoom” o mediante otra plataforma similar que establezca el Organizador y que permita la comunicación electrónica, con imagen y sonido (la “Reunión de Zoom”), a la cual deberá asistir el Potencial Ganador para reclamar la asignación del Premio y contestar las preguntas de cultura general que le formulará el Organizador, como condición para la asignación del Premio. Si el Organizador no lograra notificar a un Potencial Ganador después de realizar al menos dos (2) intentos, separados cada uno por no menos de treinta (30) minutos, cualquiera sea la causa de esa imposibilidad, incluyendo - pero sin limitarse – por encontrarse llena su casilla de correo electrónico o por la ubicación de la Notificación en la carpeta de correo no deseado o si el Potencial Ganador no se presentase a la Reunión de Zoom en la fecha y el horario establecido en la Notificación, perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado y el Organizador notificará al Potencial Ganador primer suplente y así sucesivamente. En la Reunión de Zoom los Potenciales Ganadores deberán, como condición para la asignación de los Premios: (i) exhibir su Documento Nacional de Identidad y enviar a la dirección de correo electrónico que se le indicará en la Reunión de Zoom una fotocopia del mismo; (ii) contestar correctamente al menos cuatro (4) de las cinco (5) preguntas de cultura general que les formulará el Organizador; (iii) otorgar la autorización para el uso de su imagen mencionada más abajo. La falta de reclamo de la asignación de los Premios en la forma establecida en estas Bases o la contestación incorrecta de más de una (1) de las cinco (5) preguntas de cultura general o el incumplimiento de cualquier otra de las condiciones establecidas en estas Bases como condición para la asignación del Premio, hará perder, automáticamente, sin necesidad de previa intimación o comunicación adicional alguna, a su Potencial Ganador, el derecho a su asignación. Los Premios no asignados a ganador alguno, si los hubiere luego de realizado el procedimiento correspondiente con los Potenciales Ganadores suplentes respectivos, quedarán en propiedad del Organizador.
13. El ganador del “Premio Grande” recibirá el Premio a través de un envío de correo electrónico enviado por el Organizador.
14. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de lo indicado en el punto 5. de estas Bases, el derecho a su asignación es intransferible y no podrá requerirse su canje por dinero ni por otros bienes o servicios, caso contrario sus Potenciales Ganadores perderán automáticamente todo derecho a su asignación.
15. Sin obligación de compra. Los interesados que cumplan con las condiciones establecidas en el punto 3. de estas Bases podrán participar enviando en un sobre cerrado, al domicilio de Arribeños 3619, Piso 7, (1429) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un dibujo simple, hecho a mano y coloreado del logo de TotalEnergies (el/los“Dibujo/s”), debiendo indicar la mención “Promo Energía para Ganar” y en el anverso del dibujo, en letra de imprenta y legible su nombre, apellido, documento de identidad, fecha de nacimiento, teléfono, domicilio, localidad y provincia en la que residen, código postal y dirección de e-mail. Seguidamente deberán transcribir la siguiente frase: “Con la firma del presente declaro que conozco y acepto las bases y condiciones de la promoción “Promo Energía para Ganar”, incluyendo la información relativa a la protección de mis datos personales y consiento su recolección y tratamiento por parte del Organizador”. Finalmente, se deberá firmar y aclarar la firma. No se admitirán fotocopias, ni ningún otro tipo de reproducciones o duplicaciones de Dibujos. Se aceptará hasta cinco (5) Dibujos durante el Periodo de Vigencia. Por cada Dibujo recibido dentro del Periodo de Vigencia, el Organizador remitirá mediante correo electrónico, dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles contadas desde su recepción, a la casilla de email informada por el Participante, un Código, para que el interesado pueda participar de la Promoción. Los sobres que no cumplan con los requisitos mencionados o que sean recibidos con posterioridad a la finalización del Periodo de Vigencia serán automáticamente eliminados.
16. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la asignación de los Premios, el Organizador dará a publicidad los nombres de los ganadores.
17. Enl Organizador no otorga ninguna garantía distinta de la garantía legal establecida en la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, con relación a los Premios puestos en juego ni serán responsables de daños, perjuicios o pérdidas ocasionados a los Ganadores o a terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión del uso de los Premios. La responsabilidad del Organizador finalizará con la entrega de los Premios a los Ganadores. Tampoco será responsable el Organizador por eventuales fallas en los sistemas informáticos dispuestos para la recepción de datos, ni por el mal funcionamiento de los equipos de computación utilizados por los Participantes para el ingreso de los datos para participar, ni por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, de la red Internet, de la transmisión vía “streaming” o de la plataforma “Zoom” ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la Promoción. Los gastos no mencionados en las presentes Bases y Condiciones y/o todo otro gasto adicional en el que incurran los Participante/es, serán a cargo de estos. Estará a cargo del Participante Ganador toda tasa, impuesto, patente, sellado y/o contribución que deba tributarse sobre o en relación con el Premios, como así también los gastos en que incurran los Ganadores cuando hagan uso de sus Premios.
18. El Organizador podrá, a su discreción, ampliar la cantidad de Premios ofrecidos y/o el Periodo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, a su exclusivo criterio, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción.
19. Estas Bases podrán ser consultadas, durante el Periodo de Vigencia, en www.totalenergies.com.ar/BBCC y en los lubricentros que sean clientes de los distribuidores oficiales del Organizador, establecimientos de Quartz Auto Services y sucursales Neumen adheridas a esta promoción ubicados en el Ámbito Geográfico.
20. La participación en la Promoción implica la autorización gratuita de los Participantes y, en su caso, de sus tutores o representantes legales, al Organizador para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de su imagen, voz y Datos Personales, en cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo, pero no limitado a, presentaciones en televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.), con cualquier finalidad, hasta transcurridos tres (3) años de la finalización del Periodo de Vigencia, sin derecho a reclamo de indemnización o compensación alguna. Los Participantes garantizan, con su participación en la Promoción, que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción o la puesta en el comercio de su imagen, voz o Datos Personales y se comprometen a mantener indemne al Organizador respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceros. Los Potenciales Ganadores, como condición de la asignación de los Premios, deberán concurrir a las sesiones de fotografía o filmación que les requieran el Organizador y suscribir la documentación adicional relacionada con la autorización establecida en este apartado que les requieran el Organizador, bajo apercibimiento de perder la posibilidad de percibir el Premio que se les hubiera asignado, a discreción del Organizador.
21. Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por el Organizador, TOTAL ESPECIALIDADES ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-55449610-1, con domicilio en Moreno 877 piso 22, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. Cada titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la ley N.º 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la ley N.º 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. Al momento de facilitar al Organizador sus Datos Personales, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales Datos puedan ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N.º 25.326. El titular de los Datos Personales podrá solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos, enviando un e-mail a la dirección de correo electrónico [email protected]
21. El Organizador no solicitará a los Participantes ni a los Potenciales Ganadores ninguna de las siguientes informaciones o acciones: datos de tarjeta de crédito o débito, claves bancarias, contraseñas, realización de transferencias o depósitos bancarios, extracciones de cajeros automáticos o cajas de seguridad, como así tampoco el pago de sumas de dinero, compra de bienes o contratación de servicios. En caso de dudas o consultas sobre la Promoción o notificaciones recibidas, los Participantes pueden comunicarse vía correo electrónico a [email protected]
22. Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre los Participantes y el Organizador será regida por las leyes de la República Argentina. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, los Participantes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales Comerciales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción y renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiere eventualmente corresponder.
BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN “PROMO ENERGÍA PARA GANAR”
1. La promoción denominada “Promo Energía para Ganar” (la “Promoción”) es organizada por TOTAL ESPECIALIDADES ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-55449610-1, con domicilio en Moreno 877 piso 22, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “Organizador”) quien es el único responsable de la mecánica, desarrollo y proceso de selección final de los ganadores. La Promoción se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”). Las personas intervinientes en la Promoción, por su sola participación, aceptan de pleno derecho y de forma incondicional las disposiciones de estas Bases.
2. La Promoción tendrá vigencia dentro del Territorio de la República Argentina (el “Ámbito Geográfico”), desde el 14 de abril del 2025 al 15 de junio del 2025 (el “Periodo de Vigencia”) y será difundida mediante publicidad en medios digitales y en los demás medios de comunicación que eventualmente establezca el Organizador.
3. Podrán participar de la Promoción las personas humanas mayores de 18 años y las personas jurídicas que sean titulares de comercios Quartz Auto Services o lubricentros clientes de los Distribuidores (como se los define más adelante en este párrafo), que estén habilitados para la venta y service de automotores y lubricantes, ubicados en el Ámbito Geográfico que, durante el Periodo de Vigencia, compren combos de los productos participantes, adquiridos directamente de los distribuidores oficiales, los que están listados en el Anexo “A” (los “Distribuidores”) o que comiencen a hacerlo durante el transcurso del Periodo de Vigencia y antes del 15 de junio de 2025 y que sean invitados a participar de la Promoción por los Distribuidores (en conjunto, los “Participantes”, e individualmente, el/la “Participante”).
4. No podrán participar de la presente Promoción ni volverse acreedores del Premio (como se lo define en el punto 8 de estas Bases) las personas jurídicas y/o personas humanas responsables de los establecimientos Quartz Auto Services y lubricentros clientes de los Distribuidores domiciliadas fuera del Territorio, tampoco el personal del Organizador ni de ninguna de las sociedades vinculadas con éste, de sus agencias de publicidad o marketing o de cualquier otro proveedor vinculado directa o indirectamente a esta Promoción, ni sus cónyuges y/o sus parientes por consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, ni tampoco los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de comienzo de la promoción, ni sus parientes hasta el mismo grado antes mencionado.
5. Por su sola participación en esta Promoción, los establecimientos Quartz Auto Services y lubricentros clientes de los Distribuidores aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases. Toda conducta abusiva, fraudulenta o contraria a la buena fe, autorizará al Organizador a descalificar de la Promoción al Participante que hubiera incurrido en alguna de dichas conductas siendo cualquier decisión en ese sentido inapelable. Asimismo, la participación de cada Participante implica su reconocimiento de las decisiones que el Organizador tome con relación a la Promoción como de carácter definitivo e inapelable toda vez que las mismas sean debidamente comunicadas, no resulten abusivas ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los Participantes, se ajusten al régimen legal vigente y hayan sido comunicadas a los Participantes.
6. Participan de la Promoción los siguientes productos TotalEnergies: (i) QUARTZ 9000, (ii) QUARTZ MC3 y (iii) QUARTZ INEO FIRST.
7. Durante la vigencia de la promoción, los Participantes que realicen la compra de los productos participantes detallados en el punto anterior recibirán (1) un código por cada combo de 6 (seis) productos adquirido. Cada código equivale a 1 (una) chance para participar en el sorteo (la “Chance”).
Para validar su participación, el cliente deberá cargar su código en https://amepromo.totalenergies.com/argentina/b2b/, ingresando los datos solicitados.
Cuantos más combos de (6) seis productos adquiera, más chances acumulará para el sorteo del Premio (el “Sorteo”). No hay límite de chances por Participante.
8. Se sortearán seis (6) plazas en base simple para un viaje todo pago al WEC de São Paulo, Brasil (en adelante, el “premio”). Ningún participante podrá ganar más de un Premio.
Cada Premio incluye:
- Tickets de avión ida y vuelta.
- Traslado en destino.
- Hospedaje en base doble.
- Comidas durante la estadía.
- Entradas a la competencia.
El Premio no incluye:
- Traslados desde/hacia el aeropuerto en Argentina.
- Gastos personales o adicionales no especificados en el punto anterior.
En caso de que un ganador no pueda hacer uso del Premio, se elegirán cinco (5) suplentes por cada ganador, quienes serán contactados en el orden en que hayan sido sorteados. Si ninguno de los suplentes acepta el Premio, este podrá quedar vacante.
El Premio no podrá ser canjeado por dinero ni transferido a terceros.
9. Las participaciones con Datos Personales, Comprobantes de Compra, y/o Códigos falsos, incompletos o inexactos, o la utilización de scripts, macros, bots o cualquier otro sistema automatizado para participar de la Promoción serán anuladas y el Participante será descalificado. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante.
10. Sorteo: El Sorteo se realizará el 17 de junio de 2025 a las 16:00 hs. y se computarán las Chances generadas por los Participantes desde el inicio del Periodo de Vigencia hasta el 15 de junio de 2025.
11. El Sorteo se llevará a cabo ante escribano público en Av. del Libertador 8460, piso 14, “B”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la utilización de un software, que elegirá al azar, para el sorteo, un (1) Participante, que podrá ganar un Premio, y finalmente a cinco (5) Participantes “Suplentes” (en conjunto, los “Potenciales Ganadores”), para el caso que uno o más de los Potenciales Ganadores elegidos en primer término, por cualquier motivo, no cumpliese con alguno de los requisitos que se establecen en las Bases para la participación en la Promoción o para la asignación de los Premios. El primer Participante suplente será el suplente del Participante elegido en primer término y, si aquel no fuese designado finalmente ganador, se elegirá mediante un nuevo sorteo un nuevo Participante suplente y así sucesivamente.
12. La probabilidad matemática de ser elegido en los Sorteos dependerá de la cantidad de Participantes que participen de ellos y de las Chances con las que participe cada Participante. Si en cualquiera de los Sorteos se registrasen 2.000 Participantes y esos Participantes participasen del Sorteo con 2 Chances, la probabilidad de cada Participante de ser elegido en el Sorteo como Potencial Ganador del Premio de será de 2 en 2.000.
13. Los Potenciales Ganadores de los Premios serán notificados de su condición de tales mediante un correo electrónico enviando desde la dirección de correo electrónico [email protected] y dirigido a la casilla de correo electrónico que informó cada Potencial Ganador al registrar su participación (la “Notificación”). En la Notificación se indicará la fecha, horario y datos de ingreso a la reunión que se llevará a cabo mediante la plataforma “Zoom” o mediante otra plataforma similar que establezca el Organizador y que permita la comunicación electrónica, con imagen y sonido (la “Reunión de Zoom”), a la cual deberá asistir el Potencial Ganador para reclamar la asignación del Premio y contestar las preguntas de cultura general que le formulará el Organizador, como condición para la asignación del Premio. Si el Organizador no lograra notificar a un Potencial Ganador después de realizar al menos dos (2) intentos, separados cada uno por no menos de treinta (30) minutos, cualquiera sea la causa de esa imposibilidad, incluyendo - pero sin limitarse – por encontrarse llena su casilla de correo electrónico o por la ubicación de la Notificación en la carpeta de correo no deseado o si el Potencial Ganador no se presentase a la Reunión de Zoom en la fecha y el horario establecido en la Notificación, perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado y el Organizador notificará al primer Potencial Ganador suplente y así sucesivamente. En la Reunión de Zoom los Potenciales Ganadores deberán, como condición para la asignación de los Premios: (i) exhibir su Documento Nacional de Identidad y enviar a la dirección de correo electrónico que se le indicará en la reunión de Zoom una fotocopia del mismo; (ii) contestar correctamente al menos cuatro (4) de las cinco (5) preguntas de cultura general que les formulará el Organizador; (iii) otorgar la autorización para el uso de su imagen mencionada más abajo. La falta de reclamo de la asignación de los Premios en la forma establecida en estas Bases o la contestación incorrecta de más de una (1) de las cinco (5) preguntas de cultura general o el incumplimiento de cualquier otra de las condiciones establecidas en estas Bases como condición para la asignación del Premio, hará perder, automáticamente, sin necesidad de previa intimación o comunicación adicional alguna, a su Potencial Ganador, el derecho a su asignación. Los Premios no asignados a ganador alguno, si los hubiere luego de realizado el procedimiento correspondiente con los Potenciales Ganadores suplentes respectivos, quedarán en propiedad del Organizador.
14. El ganador del Premio recibirá el Premio a través de un envío de correo electrónico enviado por el Organizador.
15. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de lo indicado en el punto 5. de estas Bases, el derecho a su asignación es intransferible y no podrá requerirse su canje por dinero ni por otros bienes o servicios, caso contrario sus Potenciales Ganadores perderán automáticamente todo derecho a su asignación.
16. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la asignación de los Premios, el Organizador dará a publicidad los nombres de los ganadores.
17. El Organizador no otorga ninguna garantía distinta de la garantía legal establecida en la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, con relación a los Premios puestos en juego ni serán responsables de daños, perjuicios o pérdidas ocasionados a los Ganadores o a terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión del uso de los Premios. La responsabilidad del Organizador finalizará con la entrega de los Premios a los Ganadores. Tampoco será responsable el Organizador por eventuales fallas en los sistemas informáticos dispuestos para la recepción de datos, ni por el mal funcionamiento de los equipos de computación utilizados por los Participantes para el ingreso de los datos para participar, ni por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, de la red Internet, de la transmisión vía “streaming” o de la plataforma “Zoom” ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la Promoción. Los gastos no mencionados en las presentes Bases y Condiciones y/o todo otro gasto adicional en el que incurran los Participante/es, serán a cargo de estos. Estará a cargo del Participante Ganador toda tasa, impuesto, patente, sellado y/o contribución que deba tributarse sobre o en relación con el Premios, como así también los gastos en que incurran los Ganadores cuando hagan uso de sus Premios.
18. El Organizador podrá, a su discreción, ampliar la cantidad de premios ofrecidos y/o el Periodo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, a su exclusivo criterio, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción.
19. Estas Bases podrán ser consultadas, durante el Periodo de Vigencia, en www.totalenergies.com.ar/promociones/energiaparaganar y en comercios Quartz Auto Services o lubricentros clientes de los ubicados en el Ámbito Geográfico.
20. La participación en la Promoción implica la autorización gratuita de los Participantes y, en su caso, sus tutores o representantes legales, al Organizador para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de su imagen, voz y Datos Personales, en cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo, pero no limitando a, presentaciones en televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.), con cualquier finalidad, hasta transcurridos tres (3) años de la finalización del Periodo de Vigencia, sin derecho a reclamo de indemnización o compensación alguna. Los Participantes garantizan, con su participación en la Promoción, que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción o la puesta en el comercio de su imagen, voz o Datos Personales y se compromete a mantener indemne al Organizador respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceros. Los Potenciales Ganadores, como condición de la asignación de los Premios, deberán concurrir a las sesiones de fotografía o filmación que le requiera el Organizador y suscribir la documentación adicional relacionada con la autorización establecida en este apartado que les requieran el Organizador, bajo apercibimiento de perder la posibilidad de percibir el Premio que se les hubiera asignado, a discreción del Organizador..
21. Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por el Organizador, TOTAL ESPECIALIDADES ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-55449610-1, con domicilio en Moreno 877 piso 22, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. Cada titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la ley N.º 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la ley N.º 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. Al momento de facilitar al Organizador sus Datos Personales, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales Datos Personales puedan ser utilizados por el Auspiciante con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N.º 25.326. El titular de los Datos Personales podrá solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos, enviando un e-mail a la dirección de correo electrónico [email protected]
22. El Organizador no solicitará a los Participantes ni a los Potenciales Ganadores ninguna de las siguientes informaciones o acciones: datos de tarjeta de crédito o débito, claves bancarias, contraseñas, realización de transferencias o depósitos bancarios, extracciones de cajeros automáticos o cajas de seguridad, como así tampoco el pago de sumas de dinero, compra de bienes o contratación de servicios. En caso de dudas o consultas sobre la Promoción o notificaciones recibidas, los Participantes pueden comunicarse vía correo electrónico a [email protected]
23. Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre los Participantes y el Organizador será regida por las leyes de la República Argentina. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales Comerciales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción y renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiere eventualmente corresponder.
ANEXO A - DISTRIBUIDORES
DISTRIBUIDORA | DIRECCIÓN | LOCALIDAD |
ACEVEDO MARIO R (Salta) | LOS LANCEROS 1275 | SALTA |
ACEVEDO MARIO RAMON | AV.PTE.CASTILLO 783 | CATAMARCA |
AGROIMPULSO S.R.L. | LUIS F.NOUGUES Esq.LUCAS CORDOBA | ALBERDI |
ANDRE FRENO S.R.L. | TUCUMAN 939 SUR | SAN JUAN |
BERAL SRL | CALLE 121 E/ 79 y 80 Nro.2318 | LA PLATA |
CARBALLO GERMAN | AV. CONGRESO E/ BALBI Y CORRIENTES | VICTORIA |
CARLOS LAGGER S.A. | PEDRO VITTORI 3737 | SANTA FE |
CENTRO DEL ENCENDIDO S.A.C.I.F.I. | PUEYRREDON 401 | RESISTENCIA |
COMPAÑIA ARRATE S.A.S. | CALLE 59 NRO 3734 ESQ 80 | NECOCHEA |
DALL ARMELLINA A Y URRUTIA A SOC H | SARMIENTO 453 | TIGRE |
DE ELIZALDE JOSE MANUEL | FELIX BIQUEZ 550 | RIO GALLEGOS |
DIST MAYORISTA DE AUTOPIEZAS S.A | AV. YRIGOYEN 1616 | ALTA GRACIA |
DISTRIBUIDORA ACME S.R.L. | PEHUEN 128 | NEUQUEN |
DPS SOCIEDAD ANONIMA | GOBERNADOR ANAYA 846 | NEUQUEN |
EDUARDO RAMOS S.C. | AV. ALSINA 40 | PIGUE |
ESTARRONA MARIA SOLEDAD | MONTEVIDEO 117 -BARRIO PANAMERICANO | LA RIOJA |
EVER WEAR S.A. | ROSARIO DE SANTA FE 1698 | SAN FRANCISCO |
LUB LUROTRAC S.A. | AV.PEDRO LURO 8123 | MAR DEL PLATA |
MAFFERETTI S.A.I | SANTA FE 446 | 9 DE JULIO |
MAXIMO GIFFONI S.A. | AV. DEL VALLE 4421 | OLAVARRIA |
MERIDIANO OESTE S.R.L. | FRIONE 4535 | CIUDADELA |
MIPOL REPUESTOS S.A. | AVENIDA BELGRANO 1838 | SAN MIGUEL DE TUCUMAN |
NESTOR SIGOT S.A. | MONSEÑOR TAVELLA 1349 | CONCORDIA |
NUCLEO ENCENDIDO S.R.L. (M) | CARRIL RODRIGUEZ PEÑA 901 | MAIPU |
NUCLEO ENCENDIDO S.R.L.(C) | AV.LA VOZ DEL INTERIOR 6760 | CORDOBA |
PATAGONIA INGENIERIA S.A. (D) | DOMECQ GARCIA NORTE 343 | PUERTO MADRYN |
PATAGONIA INGENIERIA S.A. (D) | LOBOS 180 B | VILLA DOMINICO |
PEREZ HUGO ALBERTO | SAN MARTIN 959 | RIO GRANDE |
PEREZ HUGO ALBERTO | MARCOS ZAR 164 | USHUAIA |
PEREZ HUGO ALBERTO | PERITO MORENO 2033 | USHUAIA |
PEREZ HUGO ALBERTO | FRANCISCO BILBAO 1094 | RIO GRANDE |
PETROELF S.R.L | ALTE. BROWN 1547 | PARANA |
PIASENTINI ANDRES SEBASTIAN | AV GRAL J DE MADARIAGA 278 | GOYA |
RICARDO O. GRALATTO S.R.L. | DR.BENITO DE MIGUEL 517 | JUNIN |
ROGELIO O. REYMUNDO S.A. | AYACUCHO 5727 | ROSARIO |
ROMERO RODRIGO Y ROMERO OMAR SOC. D | WILDE 182 | SANTA ROSA |
ROSTAN LUCAS ADOLFO SAMUEL | LOPEZ Y PLANES 320 | TRELEW |
SAPOZNIK RAUL ALBERTO | AV.JULIO A. ROCA 181 | COMODORO RIVADAVIA |
SERVIPETRO BAHIA S.R.L | AV.COLON 1645 | BAHIA BLANCA |
SESMERO MARIA EUGENIA | AV.LAVALLE Y SUECIA | POSADAS |
SIMON SOLIVELLAS e HIJOS S.A. | MARIE CURIE 6373 | VILLA NUEVA |
SUCESION IBARRA, MARIA ROSA | DR.BENITO DE MIGUEL 591 | JUNIN |
SUPERMERCADO DE LOS FILTROS S.H. | HIPOLITO YRIGOYEN 1330 | RECONQUISTA |
TECNOPLANT S.R.L. | BOULOGNE SUR MER 598 | GENERAL SAN MARTIN |
TODO SOL S.R.L. | BLANCA SAUCO 79 | CAMPO GRANDE |
TOMASGO S.A. | RUTA 205 KM. 98,230 | LOBOS |
VETARO SOC. COL. | INTENDENTE MACIEL 696 | VILLA MARIA |
VETARO SOC. COL. (1) | CALLAO 552 | ROSARIO |
VIMI S.A. | ING GUILLERMO MARCONI 865 | EL PALOMAR |
ZANIN ENRIQUE DEX | VELEZ SARSFIELD 1565 | FORMOSA |
ZANIN ENRIQUE TWS | 25 DE MAYO 1063 | RESISTENCIA |
ZUPANOVICH, DARIO LUJAN | AV. AMEGHINO 706 | PERGAMINO |